El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró a los contribuyentes la obligación fiscal, desde el año 2020, de tener activo el buzón tributario y mantener actualizados sus datos de contacto, ya que el incumplimiento con esta normativa constituye una infracción.
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El organismo subrayó que el buzón tributario actúa como un canal directo de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, buscando simplificar la notificación de actos administrativos y el envío seguro de mensajes de interés de manera eficiente.
Entre los beneficios de habilitar el buzón tributario, el SAT destacó su carácter de portal privado y personalizado, lo que ahorra tiempo y recursos. Además, proporciona certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT y en las operaciones realizadas por los contribuyentes.
Este medio posibilita la notificación electrónica en cualquier momento y lugar con conexión a internet, permitiendo conocer de manera oportuna requerimientos de información o resoluciones derivadas de trámites realizados. También posibilita recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales, así como invitaciones a programas en materia fiscal, proporcionando datos útiles para el cumplimiento de obligaciones y trámites fiscales.
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El SAT recordó que deben habilitar el buzón tributario todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), excepto personas físicas y morales con RFC en situación fiscal cancelada. Tienen la opción de activarlo o no, las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica, y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales menores a 400 mil pesos en el ejercicio inmediato anterior, así como las personas físicas y morales con RFC en situación fiscal suspendida.
Para consultar preguntas frecuentes, habilitar el buzón por primera vez, actualizar los medios de contacto y obtener más información, los contribuyentes pueden visitar el minisitio: Buzón Tributario.