México

¿Es delito llevar tu propia botana al cine?

¿Es delito llevar tu propia botana al cine?
¿Es delito llevar tu propia botana al cine?

La mayoría de nosotros hemos asistido al cine al menos una vez en nuestra vida. La experiencia de ver películas para disfrutar en una sala oscura y una enorme pantalla y bocinas que envuelven tus sentidos, ya sea que vayas solo o acompañado, estamos de acuerdo que la mayoría de las veces no está completa sin palomitas, ¿cierto?

No importa a que empresa de cine asistas, la mayoría de estas venden las clásicas rocetas de maíz, refrescos, nachos, dulces, helados y más botanas para comer en la función, siendo estas también un recurso importante para las ganancias de los cines.

Pero, ¿qué pasa cuándo no venden tus botanas o frituras favoritas o prefieres no comprar refresco?, ¿es posible ingresar tus propios alimentos? y sobre todo, ¿esto es un delito?

Estas preguntas surgen luego de la viralización de un video en Tik Tok en el que una familia mexicana ingresa alimentos a una sala de cine en cajas de zapatos y bolsas de compras, ya que estaban en una plza comercial. El video desató una polémica, donde algunos usuarios decían que esto era contra de las reglas.

¿Qué dice la Profeco de esto?

Al respecto, la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) indica que no existe una ley específica que prohíba introducir alimentos o bebidas ajenos a las salas de cine en México. Sin embargo, los cines tienen derecho a establecer sus propias políticas en materia de alimentos y bebidas.

¿Debes comprar obligatoriamente tus botanas en el cine?

La Ley Federal de Consumidor aclara este apartado en su Artículo 58:

“El proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al
consumidor por razones de género, discapacidad, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o
cualquiera otra particularidad.

Los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer
preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como selección de clientela,
condicionamiento del consumo, reserva del derecho de admisión, exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de sus clientes o de las personas con discapacidad, o se funden en disposiciones expresas de otros ordenamientos legales.”

En otras palabras, no es ilegal que ingreses al cine con otras botanas, pero tampoco debes comprar obligatoriamente tu botana en el cine ya que el establecimiento no puede condicionar el consumo en su interior.

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