El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la autoridad fiscal en México y como tal podría inmovilizar depósitos y cuentas bancarias de contribuyentes. Aquí te explicamos en qué casos realiza esta acción, además de cómo evitar que proceda en una acción como esta.
¿Cuándo el SAT inmoviliza cuentas bancarias a causa de adeudos fiscales?
De acuerdo al mismo SAT, la inmovilización de depósitos bancarios significa que no se puede disponer de ellos, hasta por el importe del adeudo actualizado y sus accesorios, esto sucede cuando:
TE RECOMENDAMOS: Dos niños hospitalizados por intoxicación por fentanilo en Sinaloa, uno de ellos falleció
- Tienes adeudos fiscales y que en su momento no interpusiste un medio de defensa o bien, la resolución definitiva fue a favor del SAT, en consecuencia, la autoridad ejerce el cobro y solicita directamente a las instituciones de banca múltiple la inmovilización y transferencia de los recursos que localice a tu nombre, hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).
- Tienes adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlos, y no has ofrecido alguna garantía, en consecuencia, la autoridad le ordena a las instituciones de banca múltiple la inmovilización de depósitos suficientes para garantizar hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).
Si es el caso, el contribuyente tiene la opción de solicitar que no se inmovilicen sus depósitos bancarios y ofrecer, a cambio, algún otro tipo de garantía, como son:
- Depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada
- Prenda o hipoteca
- Fianza otorgada por institución autorizada
- Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia
- Embargo en la vía administrativa
- Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente
TE RECOMENDAMOS: ¿Hacer ejercicio en la mañana o en la tarde? ¿Cuál es el mejor momento?
¿Cómo puedo evitar que el SAT inmovilice mis cuentas bancarias?
Paga los adeudos fiscales que te notifiquen, o en el caso de que interpongas un medio de defensa, garantízalos de forma suficiente.
No se debe olvidar que el SAT te notifica este acto vía buzón tributario o personalmente, siempre y cuando, esta autoridad fiscal tenga registro de tu correo electrónico o te encuentres localizable en tu domicilio fiscal, de lo contrario la notificación se realiza por estrados.
Con información del informador.mx