
Uno de los derechos laborales garantizados a los trabajadores del sector formal en México, conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT), es el derecho al descanso, ya sea en forma de días de descanso semanal, días feriados o vacaciones.
En este contexto, una de las preguntas más comunes entre los trabajadores es si los días de vacaciones pueden acumularse o si caducan con el tiempo si no se utilizan.
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en su documento “Vacaciones ¡Es tu derecho!”, los trabajadores que no tomen sus vacaciones al cumplir un año en la empresa tendrán solo seis meses, a partir de esa fecha, para hacer efectivas sus vacaciones.
Si el trabajador no utiliza sus vacaciones dentro de los seis meses posteriores a cumplir el año de servicio, perderá el derecho a esos días de descanso. Esto significa que los trabajadores del sector formal en México deben tomar sus vacaciones dentro del plazo establecido o perderán el beneficio.
“Tu derecho a vacaciones se genera cada año dependiendo de la antigüedad que tengas en la empresa y deben concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios“, indica el documento de la STPS, basado en la LFT.
LFT: Días de vacaciones por años trabajados
La reforma conocida como “Vacaciones Dignas” establece la siguiente tabla de días de vacaciones pagadas según los años trabajados:
- 1 año trabajando: 12 días de vacaciones
- 2 años laborando: 14 días de vacaciones
- 3 años laborando: 16 días de vacaciones
- 4 años laborando: 18 días de vacaciones
- 5 años laborando: 20 días de vacaciones
- De 6 a 10 años laborando: 22 días de vacaciones
- De 11 a 15 años laborando: 24 días de vacaciones
- De 16 a 20 años laborando: 26 días de vacaciones
- De 21 a 25 años laborando: 28 días de vacaciones
- De 26 a 30 años laborando: 30 días de vacaciones
Es fundamental que los trabajadores estén informados sobre estos derechos para asegurarse de aprovechar los días de descanso a los que tienen derecho y evitar perderlos por no tomarlos a tiempo.