México

SAT: ¡No olvides realizar este trámite antes del 31 de enero!

SAT: ¡No olvides realizar este trámite antes del 31 de enero!
Foto: Cuartoscuro

¿Estás enterado de la nueva medida implementada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT)? Se ha emitido una advertencia urgente, y es crucial que tanto personas físicas como morales se preparen para cumplir con un trámite obligatorio antes del próximo 31 de enero. De lo contrario, podrían enfrentar multas y sanciones.

El SAT tiene como objetivo reforzar la transparencia y eficiencia en la administración tributaria con este nuevo procedimiento. Dirigido principalmente a empresas que han dejado el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), esta medida busca mantener un control detallado sobre las actividades fiscales de estas entidades.

TE RECOMENDAMOS: Aurelio Nuño: ‘El Gobierno de López Obrador destruyó al sistema educativo’

¿Quiénes deben estar atentos?

El enfoque recae en las personas morales que han optado por abandonar el RESICO, un régimen fiscal que ha sido atractivo para muchas pequeñas y medianas empresas. Este cambio de régimen, aunque estratégico, conlleva nuevas reglas y responsabilidades fiscales.

El aviso al SAT es un paso crucial para informar sobre este cambio y cumplir con los nuevos trámites obligatorios. Con el plazo hasta el 31 de enero, es esencial que las empresas se aseguren de completar correctamente este proceso, evitando posibles complicaciones y sanciones por parte de las autoridades fiscales.

Mantente informado y toma las medidas necesarias para evitar inconvenientes. La transparencia en tus asuntos fiscales es fundamental para un cumplimiento adecuado y para evitar penalizaciones.

TE RECOMENDAMOS: 👉  Sheinbaum ratifica a Zoé Robledo en el IMSS y anuncia nuevas designaciones en su equipo de gobierno

TE RECOMENDAMOS: Comer en la madrugada puede causarte estos problemas

Requisitos para darse de alta en RESICO:

  • Estar activo en el RFC.
  • Estar al corriente con las obligaciones fiscales.
  • No estar en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
  • Presentar los pagos provisionales y la declaración anual.
  • Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
  • Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.

Con información de mediotiempo

También le puede gustar...