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SAT: ¿Debes declarar si vendes tu auto?

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En México, es una práctica común que las personas opten por vender sus vehículos usados. Sin embargo, esta transacción a menudo implica el uso de transferencias bancarias, lo que podría tener consecuencias significativas en relación al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con el Régimen de Enajenación de Bienes, cualquier transferencia de propiedad realizada por una persona física debe ser notificada al SAT. Por lo tanto, es una obligación ciudadana informar a esta entidad gubernamental sobre la venta de un vehículo.

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Es importante destacar que cumplir con esta obligación no necesariamente implica un desembolso significativo de impuestos. En realidad, en ciertas circunstancias, no se requiere pagar ningún impuesto. Según la Ley del Impuesto sobre la Renta, no se debe pagar impuestos por la venta de bienes cuando la diferencia entre el ingreso obtenido por la venta y el costo de adquisición del bien no supera tres Unidades de Medida y Actualización (UMA).

El artículo 93 de la ISR especifica: “Bienes muebles, distintos de las acciones, de las partes sociales, de los títulos valor y de las inversiones del contribuyente, cuando en un año de calendario la diferencia entre el total de las enajenaciones y el costo comprobado de la adquisición de los bienes enajenados no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente multiplicado por año. Por la utilidad que exceda se pagará el impuesto de acuerdo con lo establecido en este Título.”

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En caso de que el valor de tu vehículo no supere el umbral mencionado, solo deberás informar al SAT sobre la venta. Sin embargo, si el valor excede este límite, estarás sujeto al pago del impuesto correspondiente.

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