El Senado de la República ha aprobado una nueva Ley para modificar la Clave Única de Registro de Población (CURP). Éste es un instrumento que sirve para registrar en forma individual a todos los habitantes del país.
La propuesta votada el 25 de septiembre por las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos Segunda obtuvo 12 votos en contra y 15 a favor. En el documento se lee que sería obligación de los mexicanos inscribirse en el nuevo Registro Nacional de Ciudadanos. Como consecuencia, los mexicanos tendrán la nueva CURP con foto.
Este documento propuesto tiene otras características que deben tomarse en cuenta:
- Debe renovarse a más tardar cada 15 años
- La CURP con foto deberá renovarse máximo 30 días después de quedar sin vigencia
- Ninguna persona podrá ser sancionada por no portar la CURP con foto
- Todos los mexicanos, incluyendo niñas, niños y adolescentes podrán obtenerla
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Para materializar este propósito, el Congreso de la Unión planea revivir la Ley General de Población de 1974 pero con modificaciones, mismas que especifican que la CURP podrá fungir como identificación oficial.
En el Artículo 76 se lee: “La CURP con foto es un documento oficial de identificación, que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular”.
Este documento tendrá valor tanto en México como en el Extranjero, pues contará con el respaldo de la Secretaría de Gobernación (Segob). En el Artículo 77 se específica: La CURP con foto tendrá valor como medio de identificación personal ante todas las autoridades mexicanas ya sea en el país o en el extranjero y las personas físicas y morales con domicilio en el país”.
Cabe mencionar que no remplazará a la INE ni a ningún otro documento oficial.
Fuente: informador.mx